sábado, 17 de marzo de 2012

Desmontando la Reforma Laboral - Capítulo 3 - CONVENIOS


Ataque al Convenio Colectivo

El Convenio Colectivo que negocian los sindicatos es la figura legal que permite que los trabajadores tengamos mejores condiciones laborales que las que el Estatuto de los Trabajadores marca como mínimo legal.

Si no tuviésemos Convenio Colectivo, el empresario  sólo estaría obligado a cumplir con los mínimos del Estatuto de Trabajadores:
 - Sueldo = Salario Mínimo de 641 euros / mes
 - Jornada semanal de lunes a sábado
 - Duración de la jornada hasta 9 horas cada día con un único descanso de 15 minutos en cada jornada.

Todas las mejoras reconocidas hoy en las empresas se han conseguido gracias a los Convenios Colectivos que negocian los sindicatos.

Nuevas Normas

Si una empresa reduce sus ingresos (ni siquiera tiene que tener pérdidas) durante 6 meses podrá dejar de aplicar el convenio colectivo, aplicando otros salarios, jornada y horarios distintos.
El convenio Colectivo ya no tendrá rango de ley indefinidamente ("ultractividad"). Hasta ahora el Convenio Colectivo tenía el mismo rango legal que una ley aprobada en el Parlamento. Las condiciones laborales pactadas en un nuevo Convenio sólo podían se anuladas por orto Convenio colectivo nuevo.
De esta forma los Convenios Colectivos mantenían las condicones laborales contenidas en él (jornada, salario, permisos, etc.) de forma indefinida hasta que se firmaba un nuevo convenio, dando tiempo a negociar mejoras.
Ahora la reforma establece que una vez expirado el plazo de aplicación de un convenio, habrá un plazo máximo de 2 años para negociar uno nuevo, después de estos dos años las condiciones pactadas dejarán de estar vigentes  y la única referencia será las normas mínimas del estatuto de los Trabajadores. Así se consigue que haya siempre que "empezar de cero" en la negociación de las condiciones laborales.

Prioridad del convenio de Empresa sobre el del sector

El hecho de establecer la "prioridad" de un convenio sobre otro, significa que aquél que sea "prioritario" es el que marcará el límite mínimo de las condicones laborales.
Hasta ahora los Convenios sectoriales (de ámbito estatal o provincial) conseguían marcar unas condiciones bastante superiores al mínimo legal que marca el estatuto de los Trabajadores.
Ahora, la Reforma Laboral ha establecido que lo que tendrá prioridad será el convenio de empresa, por lo que los trabajadores de las pequeñas empresas ya no tendrán el "paraguas" de todo el sector, y salvo que ellos autónomamente sean capaces de mejorarlo, las condiciones de referencia será el mínimo legal que marca el ET.
La consecuencia de todo esto es que elas condiciones de trabajo de la mayoría de los trabajadores de pequeñas empresas empeorarán considerableblemente, reduciéndode los derechos conseguidos hasta ahora.

Fuentes:

http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/11/pdfs/BOE-A-2012-2076.pdf

www.ccoo.es




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